A través del decreto Nº 187 el Intendente Municipal Ing Pedro Dellarossa autoriza hasta las 02:00 horas y a partir de las 09:30 horas de los días Domingo de elecciones, la apertura de bares, restaurantes, comedores y todo otro negocio al que no le esté impuesta legalmente la obligación de contar con un adicional policial.
#EleccionesArgentina Municipalidad de Marcos Juárez vía decreto permitirá que comedores, restaurantes, bares puedan tener abiertas sus puertas hasta las 2AM dl domingo 27 de Octubre, NO lugares bailables.#Elecciones2019 pic.twitter.com/wo5gcjSGjj
— 𝐄𝐝𝐮𝐚𝐫𝐝𝐨 𝐎𝐲𝐨𝐥𝐚 ✌️📱 (@EduardoOyolaOk) October 24, 2019
D E C R E T O Nº 187
VISTO:
Que nuestro sistema de gobierno democrático representativo implica la realización de elecciones periódicas; y
CONSIDERANDO:
Que la Legislación Nacional, Provincial y Municipal establecen prohibiciones en el Art. 71 Inc.b) Del Código Nacional Electoral; Art. 66 – Inc.2 del Código Electoral de la Provincia de Córdoba, por la Ordenanza Nº 773 (Arts. 46 y 48), por la Ordenanza Nº 1423 y Art. 1º y ss. de la Ordenanza Nº 1777
Que es recurrente la inquietud de titulares de bares, restaurantes, comedores, confiterías bailables, salones de baile, pubs y similares sobre el comportamiento a asumir durante la veda electoral y el día de los comicios;
Que la Municipalidad de Marcos Juárez, a través de la Dirección de Seguridad Vial y Protección Ciudadana, Tribunal de Faltas y la Secretaría de Asuntos Jurídicos y Asesoría Letrada propició reuniones con Autoridades Policiales y de la Justicia Electoral y se aunaron criterios de actuación;
POR ELLO EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MARCOS JUAREZ
DECRETA
Art.1) Autorizase, hasta las 02:00 horas y a partir de las 09:30 horas de los días Domingo de elecciones, la apertura de bares, restaurantes, comedores y todo otro negocio al que no le esté impuesta legalmente la obligación de contar con un adicional policial.-
Art.2) La autorización efectuada lo es en concordancia y con estricto acatamiento a la prohibición de expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.-
Art.3) Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-
Ing. Pedro G. DELLAROSSA – Intendente Municipal
Lic. Verónica R. CRESCENTE – Stria Gral. de Servicios
Dra. Vilma N. SIGAUDO – Stria. As. Jcos. As. Letrada